¿Os habéis decidido por una ceremonia religiosa? Aquí os dejamos todas las claves para resolver los trámites necesarios.

  1. Lo primero es concertar una cita con el párroco de la iglesia que os corresponda, según donde estéis empadronados, para que abra vuestro expediente matrimonial.
  2. Tened en cuenta que si habéis elegido una iglesia diferente deberéis solicitar el traslado del expediente.
  3. Los documentos que vais a necesitar para iniciar vuestro expediente son los siguientes:- Certificado literal de Nacimiento de cada uno. Se solicita en el Registro Civil de vuestro lugar de nacimiento.
    Partida de Bautismo actualizada (tienen una validez de seis meses). Os lo darán en la iglesia donde os bautizasteis pero tened presente que requiere algo de tiempo.
    – Certificado de estado civil. Para los españoles basta con la Fe de Vida y Estado que expide el Registro Civil donde se está empadronado.
    – Fotocopias de los DNI.
    Certificado de asistencia al cursillo prematrimonial.
    – Suelen pedir también fotocopia de la página del Libro de Familia donde estáis inscritos.
  4. Necesitaréis dos testigos mayores de edad, que os conozcan pero que no sean familiares y ¡que no olviden llevar su DNI!
  5.  Y recordad que para que la ceremonia sea reconocida es imprescindible inscribir el matrimonio en el Registro Civil. Una vez finalizada la boda os darán un Acta firmada que tendréis que presentar en el Registro dentro de los siguientes cinco días hábiles.

Y, ahora sí, ya podéis empezar a elegir traje, menús y viaje…